El pasado mes de Diciembre del 2015, la Federación Estatal de Industria registra en la Sala de lo social de la Audiencia Nacional demanda de Impugnación de Convenio de Metalgráficas contra, la Asociación Metalgráfica Española ( AME), UGT y CC.OO.
Lo que nos ha llevado a la impugnación de dicho Convenio es el Art. 25 Premio de Vinculación donde en convenios anteriores decía lo siguiente.
” Las Empresas abonarán, en concepto de premio de vinculación, a los trabajadores incluidos dentro del ámbito funcional del presente convenio al 31 de Diciembre de 2014, el importe correspondiente a 1,8 mensualidades del salario nivel, al cumplir 25 años de antigüedad en la empresa. Igualmente se percibirán 2,2 mensualidades del salario de nivel al cumplir 30,35,40,45 y 50 años de antigüedad en la empresa.
Dichas mensualidades equivalen al importe establecido en el Art. 20, relativo a las gratificaciones extraordinarias.
Ahora con esta nueva firma del convenio no les ha bastado con seguir quitando la clausula de revisión salarial y eliminar la antigüedad, ( a cambio de cargarse la antigüedad crearon el premio a la vinculación), donde ahora con esta nueva firma del convenio, de un plumazo se les ocurre la genial idea de que aquellos trabajadores contratados con posterioridad al 31 de diciembre del 2014, ” No generan el derecho a la percepción del Premio de Vinculación” ( Antigua ANTIGÜEDAD).
Desde la FI-USO, entendemos que este Artículo genera una discriminación salarial hacía los Trabajadores y Trabajadoras, ya que, a mismo Trabajo igual Salario.

 

DEMANDA-CONVENIO1

 

 

Related Posts

Leave a Reply