A U.S.O. NUNCA PODRÁN ECHARNOS EN CARA QUE FIRMAMOS ÉSTO
(COMO TAMPOCO FIRMAMOS LA CONGELACIÓN / ELIMINACION DE LA ANTIGÜEDAD)
¿Qué es lo que ha quedado de aquellas “reivindicaciones justas, necesarias y coherentes con el sector que hemos presentado tanto UGT, CCOO y USO”?, a sabiendas de la pérdida de poder adquisitivo que hemos perdido en estos años atrás…
Como ya advertíamos en los comunicados anteriores, la Patronal, de forma inflexible, con aires de prepotencia, ha intentado COLARNOS: la flexibilidad laboral, regulación del 4º y 5º turno, trabajos en fin de semana, descensos en los % a aplicar cuando estamos de baja y, por otro lado, la eliminación del Premio de Vinculación, recortes en los Permisos que venimos percibiendo y otros ….
Desde USO, ante lo que estábamos percibiendo, en la REUNIÓN DEL 29 DE ABRIL DE 2015, decidimos no entrar en dichas cuestiones, para no modificar nada a la baja, sin recortes, manteniendo lo que teníamos, y pediamos:
- Prórroga del Convenio actual.
- Incremento Salarial del 1,5% lineal para el 2015.
- Recuperación de la Cláusula de la Revisión Salarial al IPC REAL para el 2016 (los famosos atrasos que cobrábamos antes)
- Incorporación de los 15 min. de BOCADILLO como tiempo de trabajo efectivo.
Pero, a nuestro pesar, lo que ha quedado es una ACTA DE PREACUERDO ALCANZADO entre la Patronal, UGT Y CCOO, a ratificar el 22 de Junio a las 11:00 horas, que determinan los siguientes puntos significativos,
1) Incluir como licencia retribuida la cirugía menor ambulatoria con reposo domiciliario:
a) 3 días para los parientes de primer grado = PADRES, SUEGR@S E HIJOS.
b) 2 días para los parientes hasta segundo grado= HERMAN@S,CUÑAD@S ABUEL@S Y NIETOS/AS.
→ Pero claro, hay que aclarar que la anterior consideración se reflejaría también para el accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise de reposo domiciliario (art. 15.2). Esto es, que se perdería un día (pasa de 3 a 2) el permiso de los HERMAN@S Y CUÑAD@S. Además, ahora presuponen el consentimiento del familiar
2) Subida salarial de un 0,8% para el 2015 y del 1,3% para el 2016. Cuando se pedía mucho más!!!!
Con una cláusula de revisión salarial condicionada a la INFLACCION y además NO aplicable en su integridad, solo el 80% de la diferencia y sólo tenida en cuenta para el próximo Convenio.
3) Eliminación del Premio de Vinculación para tod@s los compañer@s contratados con posterioridad al 31 de Diciembre de 2014. Sí, aquello que cambiaron por la eliminación de la antigüedad y ahora se “cargan”. Os recordamos que ésto suponía un Premio para:
- Todos los que lleven trabajando consecutivamente 25 años→ Supone un premio de 1,8 mensualidades de salario extra (a parte de su salario), por ello, supondría una pérdida para un Oficial de 2ª (Nivel 6) de 1,8×1383€=2489,4 €, lo que equivale a perder un 7,2% del salario nivel anual acumulado hasta haber cumplido los 25 años en la empresa.
- Todos los que lleven trabajando consecutivamente 30 años→ Supone un premio de 2,2 mensualidades de salario extra, por ello, supondría una pérdida para un Oficial de 2ª (Nivel 6) de 2,2×1383€=3042,6 €, lo que equivale a perder un 7,35% del salario nivel anual hasta haber cumplido los 30 años en la empresa, acumulado a la perdida anterior, de los 25 a los 30 años.